El
Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor, Pro
Consumidor, dispuso la regulación de todos los concursos, rifas y
sorteos que se realicen en el territorio de la República Dominicana con
el propósito de obtener beneficio comercial.
La
decisión está contenida en la resolución 009-2011, del Consejo
Directivo de Pro Consumidor, aprobada en septiembre del año pasado y
entrará en vigencia 60 días después de su publicación en un periódico
de circulación nacional.
La regulación fue adoptada ante denuncias de personas que alegan haber sido beneficiadas o ganado premios que nunca reciben.
Con el registro en Pro Consumidor adquirirán garantía, validez y se evitaría así la posterior negativa a la entrega del premio.
El
registro en Pro Consumidor de las rifas, "campaña" de duración limitada
y concursos tiene la validez de un contrato de adhesión y conlleva el
mismo procedimiento del registro.
Conforme
la resolución de Pro Consumidor, “ordena a toda persona física o moral
que anuncie, efectúe, celebre, organice o de otro modo encomiende la
celebración de concursos, rifas y sorteos para promover compañías,
instituciones, bienes, servicios o cualquier otro propósito para
beneficio comercial, a registrar ante Pro Consumidor, las prácticas
comerciales denominadas concursos, rifas y sorteos de bienes y servicios
realizados en el territorio nacional”.
Indica
que para proceder al registro del concurso, rifa y sorteos se deberán
depositar ante la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor las bases de los
mismos mediante una instancia solicitando su registro.
El
plazo mínimo para depositar la solicitud de registro es de veintiún
días antes del lanzamiento del concurso, disponiendo la Dirección
Ejecutiva de Pro Consumidor de un plazo de cinco días laborables para
efectuar el registro o notificar al promotor la necesidad de introducir
algún cambio en las bases.
Como
parte de las regulaciones, la resolución plantea que en caso de que se
indiquen cambios en las bases del concurso, si el promotor los acepta
hará los cambios de lugar y depositará la nueva versión ante Pro
Consumidor, quien procederá al registro.
En
caso de discrepancia del promotor respecto a los cambios indicados a
las bases del concurso, depositará en un plazo de cinco días laborables
una instancia motivada indicando sus argumentos.
La
Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor ponderará los argumentos y si los
acoge, procederá al registro. Si los rechaza, procederá a hacer una
resolución motivada objetando el registro.
De
igual modo, plantea que en el caso de que la Dirección Ejecutiva de Pro
Consumidor dejare de emitir una decisión sobre la solicitud de registro
dentro de los diez días laborables siguientes de haber sido depositada
la solicitud, se considerará aprobado el concurso, rifa o sorteo y se
otorgará el registro correspondiente.
En
caso de ser necesario modificar las reglas, términos, y condiciones a
los premios anunciados debido a circunstancias razonablemente más allá
del control del promotor, se deberá enviar de manera expedita una
notificación escrita de dicho cambio a la Dirección Ejecutiva de Pro
Consumidor.
En
el caso de que la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor dejare de
emitir una decisión sobre esta solicitud dentro de los diez días
laborables siguientes, se considerará aprobado la misma.
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